015 CAMPIRANA 23 de Mayo de 2026
1= Se requiere de procurador judicial ? No necesita de abogado cuando se actúa en causa propia. Es decir, el trabajador lo puede hacer de manera personal si así lo desea. También puede optar por buscar asesoría externa profesional.
2= Cuanto cuesta ? Es gratuito si actúa en causa propia. Se puede tramitar el traslado ya sea de manera personal y/o virtual.
3= Existe algún plazo para solicitar gratuitamente este traslado sin proceso judicial ? Si. El plazo vencerá el próximo 16 de Julio de 2026 o antes si la Corte Constitucional declara la Ley 2381 del 16 de Julio de 2024 em si Artículo 76 inexequible.
4= Qué requisitos se necesitan para acceder a este cambio de fondo de pensión “AFP” ?
a) Si es mujer tener 47 o más años de edad ya cumplidos y 900 o más semanas cotizadas.
b) Si es hombre tener 52 o más años de edad y cumplidos y 900 o más semanas cotizadas
c) Tener una antigüedad mínima de 5 años de cotización en el régimen actual.
d) No haber recibido indemnización sustitutiva de la pensión
e) No haber recibido devolución de los saldos de la pensión.
f) No estar pensioando.
5= Cual es el procedimiento a seguir ?
a) Solicitar a su AFP un diagnóstico pensional. Una proyección estimada de su futura pensión.
b) Si se va a trasladar a COLPENSIONES como nueva AFP solicitar ante COLPENSIONES una simulación de su futura pensión.
c) Obtenidas estas dos (2) respuestas , analizar los futuros escenarios pensionales para ver cual le conviene o le es más favorable.
d) Se debe radicar la solicitud de traslado ante su actual AFP con copia a COLPENSIONES.
6= Puedo regresarme al anterior fondo de pensiones si no estoy de acuerdo con el traslado que solicité ? Si. Si no estoy finalmente de acuerdo con el traslado a COLPENSIONES puedo pedir mi retorno a mi antigua AFP dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO :
1= Ley 1328 del 15 de Julio de 2009 en su Artículo 9
2= Ley 1748 del 26 de Diciembre de 2014
3= Ley 2381 del 16 de Julio de 2024 Articulo 76
FLAVIO BELTRAN OSSA
Teléfono 315 5703090
flavio.abogado@gmail.com
https://publicacioneslaborales.blogspot.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario