domingo, 31 de julio de 2022

QUE CERTIFICACION DE LEY DEBE OTORGAR UN EMPLEADOR A UN TRABAJADOR DESPUES DEL MOMENTO DEL DESPIDO. ?

 
061 CAMPIRANA 

 


 
Antes de responder la pregunta, conviene situarnos en el momento procesal que se vivencia.  Ya el trabajador ha sido desvinculado de la empresa. No estamos ante el momento previo del despido y/o renuncia al cargo, por cuanto ya esta situación está causada.
 
El trabajador en cualquier momento después de su desvinculación, por cualquier motivo, solicita al empleador una certificación laboral. La pregunta entonces debe enfocarse a  la respuesta :
 
Todo empleador debe conservar por siempre los archivos laborales de sus trabajadores.  No hay excusa válida.
 
La constancia o certificación laboral debe contener como mínimo :
 
A= Fecha de ingreso
B= Fecha de egreso
C= Cargo
D= Salario devengado.
 
La ley indica puntualmente sobre lo que se debe certificar. No se debe tocar en lo posible ningún otro tema. Referirse a : a) Motivo b) Rendimiento c) Política d) Religión e) Color de piel f) Sobrenombres g) Acción penal pendiente,  etc, sería demasiado comprometedor. No se aconseja.
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO : 
1=  Artículo 57 numeral 7 del Código Sustantivo del Trabajo.
2= Artículo 264 del Código Sustantivo del Trabajo.
 
 
FLAVIO BELTRAN  OSSA
flavio.abogado@gmail.com

       https://publicacioneslaborales.blogspot.com/

 

1 comentario:

  1. Excelentes publicaciones. Acreditan el conocimiento del productor. Muchas gracias este blog se convierte en herramienta de gran utilidad en el ejercicio profesional.

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