martes, 21 de julio de 2026

 

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PRESCRITO POR LA EMPRESA……

 


Datos generales Razón social: ……..NIT……….EPS……..ARL:……AFP…..CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR :……. Teléfono….Correo electrónico para notificaciones :---con domicilio en la c a ………. de…….

 


PRIMERO : Introducción : La empresa, comprometida con la seguridad y salud de sus trabajadores, ha elaborado este reglamento de higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de establecer las normas y procedimientos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades laborales, así como para promover un ambiente de trabajo seguro y saludable.

 


SEGUNDO : Marco legal. El reglamento de higiene y seguridad en el trabajo (RHSST) se fundamenta en la legislación colombiana vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con : Constitución Política de Colombia, Código Sustantivo del Trabajo, Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 y demás normas concordantes.

 


TERCERO : Alcance. El reglamento de higiene y seguridad en el trabajo (RHSST) es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, independientemente de su tipo de contrato, cargo o antigüedad.

 


Asímismo, aplica para contratistas, subcontratistas y visitantes que se encuentren en las instalaciones de la empresa. 

 


CUARTO : La empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguran una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales, de conformidad con: El Código Sustantivo del Trabajo, Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 2026 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002, Resolución 2346 de 2007, Ley 1562 de 2012, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 y demás normas que con tal fin se establezcan.

 


QUINTO : Política de seguridad y salud en el trabajo. Mediante la aplicación del reglamento de higiene y seguridad en el trabajo (RHSST) la empresa se compromete a proteger la seguridad y salud de todos sus trabajadores, prevenir accidentes y enfermedades laborales, promover un ambiente de trabajo seguro y saludable, cumplir con la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo y mejorar continuamente el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).

 


La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del comité paritario de seguridad y salud en el trabajo (COPASST), de conformidad con lo establecido en: Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Decreto 1295 de 1994, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 y demás normas que con tal fin se establezcan.

 


La empresa se compromete a designar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes, enmarcada en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).

 


SEXTO : Riesgos laborales La empresa ha identificado riesgos existentes constituidos principalmente por: Riesgos físicos: Se generan por la exposición a ruido, temperaturas extremas, iluminación, radiaciones ionizantes y no ionizantes, vibraciones, entre otros.

 


SEPTIMO : Riesgos biológicos: Se generan por la exposición a ruido, temperaturas extremas, iluminación, radiaciones ionizantes y no ionizantes, vibraciones, entre otros.

 


OCTAVO : Riesgos eléctricos: Contacto con cables o equipos eléctricos energizados, se generan por contacto a altas y bajas tensiones de energía.

 


NOVENO : Riesgos locativos: Se generan por las condiciones inadecuadas de la infraestructura arquitectónica como pisos, techos, pasillos, escaleras, muros, espacios confinados, almacenamiento y mobiliarios para el desarrollo de la actividad.

 


DECIMO : Riesgos ergonómicos o biomecánicos: Se generan por los movimientos repetitivos y forzados, posturas mantenidas, manipulación de cargas, diseño y selección inadecuados de puestos de trabajo.

 


DECIMO PRIMERO : Riesgos psicosociales: Se generan por las condiciones organizacionales como exceso de responsabilidad, trabajo bajo presión, monotonía, rutina, entre otros.

 


DECIMO SEGUNDO : Riesgos públicos: Se presentan por violencia social como atracos, atentados terroristas, secuestros, asonadas, entre otros.

 


DECIMO TERCERO : Riesgos naturales: Generados por fenómenos de la naturaleza como tormentas eléctricas, huracanes, terremotos, maremotos, deslizamientos e inundaciones.

 


DECIMO CUARTO : Riesgos químicos: Se generan por la exposición a gases, vapores, polvos inorgánicos y orgánicos, solventes, (sustancias,) hums, entre otros.

 


DECIMO QUINTO : Riesgos de temperatura : Control en la fuente. Se deberá en cada caso recubrir o aislar las fuentes generadoras de calor. El empleador ha previsto la utilización de aire acondicionado central en sus dependencias. Se prohíbe en el sitio de facción fumar. Existe retroalimentación de aire puro del ambiente.

 


DECIMO SEXTO : Riesgos mecánicos: se presentan por las condiciones inadecuadas de funcionalidad, diseño, ubicación y disposición de las máquinas, herramientas y utensilios de trabajo.

 


DECIMO SEPTIMO : METODOS DE CONTROL: Ambiente  de seguridad general predomina en todas y cada una de las instalaciones de la Empresa, es la regla general. La distribución  es la adecuada  en las operaciones que genera la Empresa. Las actividades variadas representan un movimiento más ágil en la programación de todas y cada una de los programas que genera la Empresa. El programa de desarrollo del recurso humano es vital para la Empresa ya que el elemento humano es la esencia de ella. Se hace un estudio racional del tiempo

 


DECIMO OCTAVO : Movimientos, para generar una mayor capacidad laboral. Con respecto al temor, se hace un seguimiento de cada trabajador, se estudia su vida privada en lo posible, es decir hasta donde él permite, para generar una mayor inter-acción laboral. Los turnos nocturnos no se generan en la Empresa.  Siempre se procura no exceder la jornada laboral, ya que ordinariamente los turnos de ley son suficientes para actuar.

 


Buscando que los peligros contemplados no se traduzcan en accidentes de trabajo o enfermedades laborales,  la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio o en el colaborador, de conformidad con lo estipulado en el SG-SST, el cual se da a conocer a todos los colaboradores, contratistas, subcontratistas y partes interesadas.

 


DECIMO NOVENO : Medidas de prevención y control. La empresa implementará las siguientes medidas de prevención y control para minimizar los riesgos laborales: a). Eliminación del riesgo: Medida más efectiva, consiste en eliminar la fuente del peligro. b). Sustitución: Reemplazar un elemento peligroso por uno que no lo sea o que lo sea en menor grado. c). Controles de ingeniería: Implementar medidas técnicas para controlar el riesgo en su origen (protecciones en maquinaria, sistemas de ventilación). d). Controles administrativos: Establecer procedimientos de trabajo seguros, capacitaciones, rotación de personal. e) . Equipos de protección personal (EPP): Utilizar EPP adecuados para cada riesgo (cascos, gafas de seguridad, guantes, etc.).

 


VIGESIMO : Obligaciones de los trabajadores Todos los trabajadores de la empresa darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implementación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo e higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente reglamento y con el SG-SST.

 


Se destacan las siguientes obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo: a). Cumplir con este El reglamento de higiene y seguridad en el trabajo (RHSST) y demás normas de seguridad. b). Utilizar el equipo de protección personal (EPP) proporcionados por la empresa. d). Informar sobre cualquier condición o acto inseguros. e). Participar en las capacitaciones y entrenamientos de seguridad. f). Seguir los procedimientos de trabajo seguros.

 


La empresa garantiza que todos los trabajadores, independientemente de su forma de contratación y/o vinculación y de manera previa al inicio de sus labores, reciben capacitación, inducción y reinducción en aspectos generales y específicos de las actividades por realizar, que incluya entre otros, la identificación de peligros, el control de los riesgos en su trabajo y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Asímismo, se proporcionan las capacitaciones en seguridad, salud en el trabajo y ambiente de acuerdo con las necesidades identificadas.

 


VIGESIMO PRIMERO : Procedimientos en caso de accidente de trabajo En caso de accidente de trabajo, el trabajador debe: a). Informar de inmediato a su jefe inmediato y al área de seguridad y salud en el trabajo. b). Recibir atención médica en caso de ser necesario. c). Colaborar en la investigación del accidente.

 


VIGESIMO SEGUNDO : Publicación El presente reglamento permanecerá exhibido y sus contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores y partes interesadas.

 


VIGESIMO TERCERO : Vigencia El presente reglamento de higiene y seguridad en el trabajo será exhibido en sendos lugares visibles de la empresa. Dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, cualquier trabajador y/o interesado podrá exponer sus dudas, requerimientos y/o preguntas. Vencido este plazo, la norma interna que aquí se publica, entrará en vigencia formando parte integral de cada uno de los contratos de trabajo vigente y/o los que a futuro sean pactados.

 


Dado en …………, a los …..días del mes de …………del año ……

 


 

………..


Gerente

La empresa…..


 

 


…..de…….de 2026

 


 

 


ASUNTO: Publicación del reglamento higiene y seguridad en el trabajo.

 


PARA: Todos los trabajadores de la empresa …………..

 


La empresa ………….acatando las voces de la Ley 1429 del 29 de diciembre de 2.010 en su artículo 17, que modificara al articulo 119 del Código Sustantivo del Trabajo, publica el presente reglamento de higiene y seguridad en el trabajo en cartelera, informando a todos sus trabajadores sobre su contenido, advirtiendo que su vigencia aplica desde esta fecha, por lo tanto formará parte integral del contrato individual de trabajo.

 


El presente reglamento trabajo será exhibido en sendos lugares visibles de la empresa. Dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, cualquier trabajador y/o interesado podrá exponer sus dudas, requerimientos y/o preguntas. Vencido este plazo, la norma interna que aquí se publica, entrará en vigencia formando parte integral de cada uno de los contratos de trabajo vigente y/o los que a futuro sean pactados.

 


Atentamente

 


 

 


 

…………….


La empresa……..

Gerente.


 

 


 

 



 


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